Bases Legales Sorteo Cumpleaños Feb 2022

Primera. -EMPRESA ORGANIZADORA, OBJETO, DURACIÓN Y ÁMBITO

La organización del sorteo promocional está promovida por Quiero Ser Cambio. 

Quiero Ser Cambio organiza, con fines promocionales el “sorteo” (en adelante, la “Promoción”) que comprende los territorios de España (excepto Ceuta y Melilla), que será publicado en la red social Instagram en el usuario @quierosercambio. Esta promoción está abierta a participantes de más de 18 años. 

La Promoción se iniciará el 17 de febrero de 2022 y finalizará el 24 de febrero de 2022 a las 23:59h (hora española peninsular). No obstante lo anterior, Quiero Ser Cambio se reserva el derecho de modificar a su conveniencia las fechas de la Promoción.

Segunda. – REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

Podrán participar en la promoción todas aquellas personas (en adelante, los “Participantes”) que acepten las presentes Bases Legales y cumplan las siguientes normas de participación: 

Tercera. – PREMIOS, CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN Y FORMA DE CANJE

En concreto, se seleccionará a 1 persona ganadora y dos suplentes, realizando un sorteo entre las personas que hayan cumplido los requisitos de participación. 

Una vez Quiero Ser Cambio tenga conocimiento de quien es la persona ganadora, lo comunicará a partir del 25 de febrero a través del perfil de Instagram de Quiero Ser Cambio. 

Se contactará en primer lugar con la persona ganadora elegida aleatoriamente por mensaje directo de Instagram.

Una vez aceptado el premio, la persona ganadora tendrá que indicar su nombre y apellidos (o el de su tutor legal, en tal caso), dirección común a efectos de notificaciones, una dirección de facturación y un teléfono de contacto, para poder emitir una factura válida, en caso de que sea necesario. 

El premio de la presente promoción, concretamente, incluye, para la persona ganadora, una tarjeta regalo para gastar en Usar y Reusar de 30 euros. A la persona ganadora le será entregado el código para utilizar la tarjeta hasta el 31 de abril de 2022.

El premio es nominativo, no transferible y únicamente válido para la persona que habiendo resultado ganadora, lea y apruebe los requisitos contenidos en las presentes bases.

Si pasadas 72 horas del nombramiento de la persona ganadora del premio, la organizadora no ha obtenido respuesta, se procederá a contactar a la persona suplente en el orden que la herramienta aleatoria haya establecido de entre las personas finalistas.

En caso de que la/las persona suplente / suplentes no acepten el premio, el sorteo quedará desierto.

Cuarta. – LIMITACIONES

Al aceptar estas Bases Legales, los Participantes consienten que Quiero Ser Cambio excluya o descalifique estas participaciones de la Promoción. Se considerarán nulas aquellas participaciones que se hayan realizado posteriormente a la fecha de finalización de la Promoción, así como las que no cumplan con los requisitos establecidos en el apartado segundo de las presentes Bases Legales. 

Quiero Ser Cambio se reserva el derecho de excluir de la Promoción a aquellos Participantes que sospeche o detecte que hayan participado de cualquier manera fraudulenta. 

Si se evidenciase que la persona ganadora o suplente no cumple con los requisitos exigidos en las Bases, o bien no acreditara lo que les sea solicitado, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos de la Promoción perdiendo todo derecho sobre el premio otorgado en virtud de esta Promoción. 

El premio entregado no será susceptible de cambios, alteraciones o compensaciones a petición de los ganadores, no pudiendo ser canjeado por cualquier otro producto ni por dinero. 

Correrán a cuenta y cargo de los ganadores cualquier carga fiscal o tributaria que la aceptación del premio pudiera suponerle, así como cualquier otro gasto derivado del Concurso que no esté expresamente asumido por la entidad organizadora en las presentes Bases Legales. 

Se establece un plazo de QUINCE (15) días naturales desde la fecha de la concesión del premio para efectuar cualquier reclamación motivada. 

Las empresas no asumirán la responsabilidad en casos de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran impedir la realización del Concurso o el disfrute total o parcial del premio.

Quinta. – LIMITACIÓN EN EL CONTENIDO DE LAS FOTOS Y LOS COMENTARIOS.

  • Discriminación: En ningún caso podrán realizarse con una intención que pretenda discriminar a terceras personas y que vulneren los principios del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen y a la dignidad de la persona. Se prohíbe cualquier tipo de contenido discriminatorio ya sea por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social. 
  • Actividades ilegales: No podrán incluir contenido que promueva actividades ilegales o que incorporen contenido obsceno o difamatorio. 
  • Contenidos autodestructivos: Se prohíbe incluir contenido que promueva el consumo de sustancias estupefacientes o que pudiera incitar a trastornos alimenticios y a la autolesión. 
  • Violencia: Está expresamente prohibido participar con fotos y comentarios que promuevan la violencia y/o que incluyan sin limitación alguna, la violencia sexual o la violencia contra animales y personas. 
  • Contenido degradante: No están permitidos comentarios que sean intimidantes, amenazantes o degradantes o que de cualquier manera promuevan la violencia contra una persona o un colectivo determinado.

Sexta. CAMBIOS Y ACEPTACIÓN

Quiero Ser Cambio se reserva el derecho de modificar o ampliar estas bases promocionales, en la medida que no perjudique o menoscabe los derechos de los Participantes en la Promoción. 

La participación en la Promoción comporta la íntegra aceptación de estas Bases Legales por parte de los Participantes que se inscriban en la presente Promoción.

Séptima. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

En caso de controversia en la aplicación o interpretación de estas Bases Legales y en ausencia de un acuerdo amistoso, todo litigio será sujeto a la legislación del territorio común español, y a los Juzgados y Tribunales de Barcelona, por lo que hay renuncia expresa a someter las controversias a cualquier otro Fuero que pudiera corresponderles.